domingo, 21 de septiembre de 2014

Asistencia Sanitaria - Viajes por Europa

Tarjeta Sanitaria Europea (TSE)
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo o Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia prevista, de acuerdo con la legislación del país de estancia, independientemente de que el objeto de la estancia sea el turismo, una actividad profesional o los estudios.

La Tarjeta Sanitaria Europa (TSE) no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud. Tampoco es el documento válido si usted traslada su residencia al territorio de otro Estado.

Esta tarjeta es personal e intransferible, de forma que en aquellos desplazamientos del titular del derecho junto a su familia, se extenderá una tarjeta por cada uno de los miembros de la unidad familiar.

La utilización de la TSE, durante el periodo de validez de la misma se encuentra condicionada a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En caso contrario, se reclamará el reintegro de los gastos ocasionados por el uso indebido de la TSE.

Si usted ya dispone de la TSE, es importante que, antes de realizar cualquier desplazamiento a cualquier país del Espacio Económico Europeo o a Suiza, compruebe que el periodo de validez de la misma abarca hasta la fecha prevista de regreso. Si no es así, solicite una nueva tarjeta para asegurar la cobertura durante toda la estancia.

¿Cómo se obtiene la TSE?
Puede obtener o renovar la TSE por INTERNET, a través de la Sede Electrónica, en la página web de la Seguridad Social, no siendo necesario disponer de certificado digital para acceder a este servicio.

También llamando al teléfono 901 16 65 65, o bien dirigiéndose a uno de los centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS), los cuales disponen de servicio de cita previa en el teléfono 901 10 65 70.

Cualquiera que sea la forma de solicitud de la TSE, ésta se enviará al domicilio del solicitante en un plazo no superior a 10 días, no entregándose en mano en ningún caso.
Actualmente la TSE se emite con carácter general por 2 años, tanto para titulares como para sus beneficiarios.

Cuando el desplazamiento sea inminente y no dé tiempo a que reciba la TSE en su domicilio, podrá solicitar por Internet un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) si dispone de certificado digital, o presencialmente en un CAISS.

Conocimientos importantes para actuar en su lugar de destino
Deberá acudir a los servicios públicos o concertados del sistema sanitario del país al que se desplaza temporalmente.

Será tratado en igualdad de condiciones con los asegurados propios de ese país, por lo que en muchos casos deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria. Estos importes no se reintegran.

En los países en los que se deba abonar inicialmente el importe total de los gastos médicos, el asegurado debe dirigirse a la institución del seguro de enfermedad correspondiente en el país de estancia para solicitar el reintegro de las cantidades que proceda reembolsar, de acuerdo con la legislación interna vigente en dicho país.

En los casos en los que no haya podido solicitar el reintegro de gastos en el país de estancia o que no haya presentado la TSE o el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), tendrá la posibilidad de solicitar dicho reintegro cuando regrese a España, aportando todos los justificantes originales del abono de los gastos, en la Dirección Provincial del lnstituto Nacional de la Seguridad Social que le corresponda.

La institución del lugar de estancia valorará, conforme a su propia normativa, la cantidad a reintegrar, si procede.

La tarjeta sanitaria europea tiene validez en los siguientes países:
*  Espacio Económico Europeo
Alemania - Austria
Bélgica - Bulgaria
Chipre - Croacia
Dinamarca - Eslovaquia
Eslovenia - Estonia
Finlandia - Francia
Grecia - Hungría
Irlanda - Islandia
Italia - Letonia
Liechtenstein - Lituania
Luxemburgo - Malta
Noruega - Países Bajos
Polonia - Portugal
Reino Unido - República Checa
Rumanía - Suecia
*  Suiza


NOTA: Cuando se trate de nacionales de terceros países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo ni a Suiza, la TSE no tendrá validez en los siguientes países:  Dinamarca, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza



Fuente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

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