miércoles, 20 de marzo de 2019

21 de Marzo - Día Mundial del Síndrome de Down


¿Qué es el síndrome de Down?
El síndrome de Down es una alteración genética que se produce por la presencia de un cromosoma extra (el cromosoma es la estructura que contiene el ADN) o una parte de él. Las células del cuerpo humano tienen 46 cromosomas distribuidos en 23 pares. Uno de estos pares determina el sexo del individuo, los otros 22 se numeran del 1 al 22 en función de su tamaño decreciente. Las personas con síndrome de Down tienen tres cromosomas en el par 21 en lugar de los dos que existen habitualmente; por ello, este síndrome también se conoce como trisomía 21. El síndrome de Down es la principal causa de discapacidad intelectual y la alteración genética humana más común. Se produce de forma espontánea, sin que exista una causa aparente sobre la que se pueda actuar para impedirlo. Se produce en todas las etnias, en todos los países, con una incidencia de una por cada 600-700 concepciones en el mundo. Únicamente se ha demostrado un factor de riesgo, la edad materna (especialmente cuando la madre supera los 35 años) y, de manera muy excepcional, en un 1% de los casos, se produce por herencia de los progenitores. 

El síndrome de Down no es una enfermedad. Tampoco existen grados de síndrome de Down, pero el efecto que la presencia de esta alteración produce en cada persona es muy variable. Las personas con síndrome de Down muestran algunas características comunes pero cada individuo es singular, con una apariencia, personalidad y habilidades únicas. Los bebés con síndrome de Down tendrán muchos rasgos físicos propios de su familia, además de los característicos de las personas con síndrome de Down y algún grado de discapacidad intelectual. Su personalidad, aficiones, ilusiones y proyectos serán los que verdaderamente les definan como personas y su discapacidad será sólo una característica más de su persona. DOWN ESPAÑA ha editado una guía para ayudar a los padres a entender qué es el síndrome de Down y qué implica para el bebé esta discapacidad. Se puede descargar desde el siguiente enlace: Somos padres de un bebé con síndrome de Down. Se estima que en España viven unas 34.000 personas con síndrome de Down, y un total de seis millones en el mundo. Los cálculos indican que entre el 30% y el 40% de las personas con discapacidad intelectual tienen síndrome de Down. La esperanza de vida de una persona con síndrome de Down ha aumentado considerablemente situándose en torno a los 60 años en la actualidad.

Diagnóstico
El diagnóstico del síndrome de Down puede hacerse antes del parto o tras él. En este último caso se hace con los datos que proporciona la exploración clínica y se confirma posteriormente mediante el cariotipo, esto es, el ordenamiento de los cromosomas celulares, que nos muestra ese cromosoma extra o la variedad que corresponda.

Las pruebas prenatales pueden ser de sospecha (screening) o de confirmación. Estas últimas se suelen realizar únicamente si existen antecedentes de alteraciones genéticas, si la mujer sobrepasa los 35 años o si las pruebas de screening dan un riesgo alto de que el feto presente síndrome de Down. Esto explica, en parte, que más de dos tercios de los casos de nacimientos con síndrome de Down ocurran en mujeres que no han alcanzado dicha edad.

Al igual que el síndrome de Down, la mayoría de las alteraciones congénitas diagnosticadas gracias a pruebas prenatales no pueden ser tratadas antes del nacimiento.

Este hecho, unido al pequeño riesgo de aborto espontáneo que conllevan las pruebas de confirmación, hace que muchas mujeres opten por no llevar a cabo estos exámenes, tema éste que la mujer debe debatir con su médico de confianza.

En cualquier caso, el diagnóstico prenatal puede ayudar a los padres a prepararse emocionalmente para la llegada de un hijo con discapacidad intelectual y dispensarle así, desde un principio, el cariño y los cuidados especializados que requiere.


Fuente: Down España

lunes, 11 de marzo de 2019

Ciberacoso y grooming


Las nuevas tecnologías tienen innumerables beneficios pero también algún que otro nuevo problema como el ciberacoso y el grooming.

¿Qué es el ciberacoso?
Se habla de ciberacoso o ciberbullying cuando un menor acosa a otro menor con amenazas, insultos, coacciones, chantajes, vejaciones o calumnias, haciendo uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC): teléfono móvil, Internet, chat, redes sociales, etc. Aunque no se debe restar importancia a los casos puntuales, para hablar de acoso los hechos deben repetirse a lo largo del tiempo durante un periodo prolongado. Las víctimas y acosadores son de edades similares y tienen relación o contacto en el mundo físico. Muchas veces el acoso comienza en el mundo real, para luego pasar al mundo virtual.

El ciberbullying representa una amenaza clara para la víctima, pudiendo crearle situaciones de riesgo psíquico y físico, y puede llegar a ser constitutivo de un delito. El acosador suele tener una falsa sensación de impunidad. Lo que a veces empieza como una broma, puede acabar en el juzgado por haber vulnerado el derecho a la intimidad.

Por ejemplo, una muchacha envía a través de un MMS (mensaje multimedia) o por WhatsApp, una foto comprometida a un amigo o novio. Éste lo reenvía a sus amigos, quienes luego se burlan y chantajean a la adolescente para que sea borrado de sus móviles y así frenar el espiral de envíos. Es un problema de intimidad que en su inicio fue voluntario.

Algunas conductas pueden no llegar a ser castigadas, pese a estar tipificadas en el Código Penal, por considerarse contraproducente para los menores o por ser realizadas por sujetos menores de 14 años, que se consideran inimputables a los efectos de responsabilidad criminal. Los padres de estos menores tendrán la responsabilidad civil subsidiaria.

¿Qué es el grooming?
En el caso del grooming el acoso también es a través de las nuevas tecnologías (chat, redes sociales, etc.), pero no es entre iguales, sino que el acosador es un adulto y la víctima un menor, y habrá una intención sexual explícita o implícita. En esta modalidad de acoso las situaciones de peligro para los menores son más sutiles y latentes. Son acciones realizadas para establecer, de forma deliberada, una relación y control emocional sobre un menor, con el fin de preparar el terreno para el abuso sexual.

Los acosadores tienen preferencia por un prepúber o púber y frecuentemente son hombres casados. El menor suele ser ingenuo y no se da cuenta de que “habla” con un adulto. El acosador acaba confesando su edad y pidiendo secretismo; les convence de que no deben decirlo a los padres, pues no lo entenderían. Logran datos personales y fotografías, que cada vez serán con menos ropa. El grooming puede ser considerado como un delito englobado dentro del denominado exhibicionismo, difusión de contenidos pornográficos y corrupción de menores. Internet proporciona sensación de anonimato, pero es importante tener en cuenta que hoy en día se puede averiguar el lugar exacto y el equipo informático utilizado, aunque no necesariamente la persona que efectuó el grooming.

Existen 3 fases:
·         Fase de amistad: se pone en contacto para conocer sus gustos, preferencias y crear una relación de amistad y confianza.
·         Fase de relación: incluye confesiones personales e íntimas entre acosador y menor, estableciéndose una mayor confianza. El acosador obtiene cada vez más información sobre sus gustos y preferencias.
·         Fase con componente sexual: hay petición a los menores de su participación en actos de naturaleza sexual, grabación de imágenes o toma de fotografías.

¿Cuáles son las recomendaciones para los menores?
·         En Internet utilizar pseudónimos o nicks personales que únicamente sean conocidos por un círculo de contactos.
·         Ser cuidadoso con los datos personales que se publican.
·         Tener especial cuidado a la hora de colgar en Internet contenidos audiovisuales y gráficos.
·         No aceptar ni agregar como contacto a desconocidos.
·         No enviar imágenes o videos a usuarios en los que no hay plena confianza.
·         Comunicar a padres o tutores cualquier situación de riesgo (si un tercero solicita temas relacionados con aspectos sexuales).

¿Cuáles son las recomendaciones para los padres?
·         Deben involucrarse en el uso que hacen sus hijos de Internet.
·         Los ordenadores con webcam y acceso a Internet deben estar en zonas comunes de la casa.
·         Establecer un horario para el uso de Internet y del ordenador.
·         Educar en el uso responsable de la cámara web.
·         Educar en la difusión responsable de imágenes (no enviar a desconocidos, ni colgar según qué imágenes).
·         Supervisar, evitando ser intrusivos.
·         Comunicación abierta con hijos abordando beneficios y riesgos de las TIC.
·         Educar en la autoprotección: ser cuidadoso a la hora de facilitar datos por Internet y en las redes sociales.

Fuente: AEP